El Colegio de la Abogacía de Madrid reclama una reforma profunda del marco europeo para equiparar la protección de las comunicaciones de abogados internos y externos
Madrid / Bruselas — 2 de diciembre de 2025.
El Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) ha presentado ante la Comisión Europea una propuesta formal para que el derecho europeo reconozca, de manera plena, el secreto profesional de los abogados in-house. La iniciativa supone uno de los movimientos institucionales más relevantes de los últimos años en materia de independencia y garantía jurídica dentro de la Unión Europea.
Durante décadas, el legal professional privilege (LPP) —la protección de la confidencialidad entre abogado y cliente— ha quedado restringido a los abogados externos. Los abogados corporativos, al mantener vínculo laboral con la empresa, han sido excluidos bajo el argumento de que carecen de independencia. Esta doctrina se apoya en las sentencias AM&S Europe (1982) y Akzo Nobel (2010), dos pilares jurisprudenciales que el ICAM considera “obsoletos, formalistas y contrarios a la evolución del derecho europeo”.
Un cambio necesario en la UE: “Una anomalía que vulnera derechos fundamentales”
En el documento presentado ante la Dirección General de Competencia de la Comisión Europea, Teresa Mínguez, diputada de la Junta de Gobierno del ICAM y responsable del área internacional y UE, sostiene que la exclusión sistemática del abogado in-house del secreto profesional:
- vulnera la confidencialidad jurídica,
- penaliza la cultura de cumplimiento normativo,
- desalienta la consulta interna,
- y genera una desprotección injustificada para empresas y profesionales.
“El secreto profesional debe seguir a la función jurídica, no al tipo de contrato laboral. La confidencialidad entre abogado y cliente es un derecho fundamental que debe protegerse sin excepciones”, afirma Mínguez.
Seis argumentos jurídicos para una reforma profunda
El ICAM articula su propuesta sobre seis bloques argumentales que muestran un cambio claro en el contexto jurídico europeo e internacional.
1. Evolución reciente de la jurisprudencia del TJUE
Decisiones como Orde van Vlaamse Balies (2022), Ordre des avocats du barreau de Luxembourg (2023) y Halmer Rechtsanwaltsgesellschaft (2024) han ampliado la concepción del secreto profesional:
- el LPP es un derecho fundamental (art. 7 CDFUE),
- se aplica tanto a la defensa procesal como al asesoramiento jurídico general,
- la independencia puede garantizarse también dentro de una relación laboral.
2. Nuevo Convenio del Consejo de Europa (2025)
El Convenio Europeo para la Protección de la Profesión de Abogado afirma que:
- todos los abogados deben estar protegidos, sin excluir a los in-house
- la confidencialidad debe respetarse en todo contexto
- los abogados no pueden ser obligados a revelar asesoramiento protegido
Un paso decisivo hacia la armonización europea.
3. Revisión del Reglamento 1/2003
La evaluación realizada por autoridades de competencia en 2024 confirma que:
- el secreto profesional no obstaculiza la investigación,
- los problemas reales están en la gestión de datos electrónicos, no en los in-house.
4. Tendencia legislativa en Europa
El estudio comparado de ECLA demuestra que:
- más de 10 países europeos reconocen total o parcialmente el LPP para abogados internos
- no existe retroceso legislativo
- el número de abogados in-house creció un 165% desde 2005
5. Comparativa internacional
La UE es hoy una excepción global. Países como EE. UU., Reino Unido, Canadá, Australia o Japón reconocen el secreto profesional de los abogados corporativos sin perjuicio para la eficacia de las investigaciones.
La exclusión europea:
- genera inseguridad en fusiones transfronterizas
- complica procesos de e-discovery
- supone una desventaja competitiva para empresas de la UE
6. Impacto directo en compliance y gestión del riesgo
Los abogados in-house son clave en:
- programas de cumplimiento
- investigaciones internas
- evaluación de riesgos
- interacción con autoridades regulatorias
Negarles confidencialidad:
- desincentiva la detección temprana de riesgos
- penaliza la transparencia interna
- debilita los sistemas de compliance
Una propuesta de reforma basada en la función jurídica y la independencia deontológica
El ICAM defiende sustituir el criterio formalista actual por un enfoque funcional, siguiendo el modelo español. El artículo 32 del Estatuto General de la Abogacía establece que el secreto profesional protege a todos los abogados “cualquiera que sea la forma en que ejerzan”.
La propuesta incluye: una Comunicación interpretativa de la Comisión, armonización de protocolos de privilege review, y un diálogo institucional con colegios, autoridades y empresas. El ICAM solicitará además una presentación pública de su posición en Bruselas.
Una estrategia más amplia en defensa del secreto profesional
La iniciativa forma parte de una campaña más extensa del ICAM para: reforzar la independencia de la abogacía, asegurar la protección de las comunicaciones abogado-cliente y, adaptar el sistema europeo a la realidad del ejercicio moderno del derecho.
“Sin secreto profesional no hay defensa, sin defensa no hay justicia”, concluye Teresa Mínguez.

